La Ley 3053 Código Electoral de la Provincia del Neuquén
Se establece eliminar las situaciones discriminatorias para garantizar que las personas con discapacidad puedan participar activamente de la vida política.

  • Eliminar los obstáculos físicos
  • Facilitar el acceso a la información
  • Simplificar el conocimiento de las propuestas

 

MEDIDAS DE INCLUSIÓN ACTIVA

  • Los mensajes de los partidos políticos deben ser subtitulados y traducidos al lenguaje de señas
  • Voto Asistido: Los electores con discapacidad pueden optar por votar con la asistencia del presidente de mesa o una persona de su con¬fianza
  • Los organismos con responsabilidad electoral están obligados a adoptar medidas, procedimientos y materiales que garanticen la accesibilidad
  • Cada establecimiento de votación deberá contar con un Cuarto Oscuro Accesible en el que podrán votar los electores que presenten alguna discapacidad o dificultad en su movilidad

Los electores que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad NO serán incluidos en el Registro de infractores

 

¿A QUIÉNES ESTÁ DIRIGIDA?

 

  • A personas con discapacidad o limitaciones que interfieren con su desplazamiento, visión, orientación o comunicación
  • Adultos Mayores
  • Mujeres Embarazadas
  • Personas lesionadas temporalmente